CONTRATACIÓN DE MEDIACIÓN FAMILIAR PRIVADA EN LINEA
Marco Legal que regula el cobro por el servicio de Mediación Familiar:
De acuerdo con la Ley N° 19.968 que crea los Tribunales de Familia , modificada por la ley N° 20.286, que consagra en su Título V, la Mediación Familiar, como un sistema de resolución de conflictos al cual pueden ser sometidas las materias de competencia de los Juzgados de Familia y al Decreto Ley que regula el cobro o arancel máximo que pueden percibir los mediadores inscritos en el Registro Nacional de Mediadores que establece la Ley N° 19.968 y su Reglamento, el cobro de este servicio por cada sesión realizada durante el proceso de Mediación es de $ 70.000-. (Setenta mil pesos), con una duración maxima de 15 días.
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Decreto Supremo Exento Nº 3459, Regula el cobro por servicios de Mediación Familiar |
Contratación en línea:
www.consultorsocial.cl, en atención a un gran número de solicitudes para Mediación Familiar Privada, recibidas de diferentes lugares del país e incluyendo a chilenos y chilenas que residen en el extranjero, hemos implementado para entregar un mejor y oportuno servicio profesional en servicios de Mediación Familiar Privada, un sistema ágil y expedito para realizar el trámite de contratación en dos pasos:
Pasos a seguir para contratación de Mediación Familiar Privada:
PASO 1 : Llenar el Formulario de Mediación Familiar
PASO 2 : Transferencia Electrónica / Depósito Bancario
| Banco |
Banco Estado |
| Nombre del Titular |
Gonzalo Alonso Ramos Araya |
| Tipo de Cuenta |
Cuenta Corriente |
| Número de Cuenta |
Nº 1000010410 |
| 1er Pago a Depositar |
$ 20.000.-
Para dar inicio al proceso de mediación |
| 2do Pago a Depositar |
$ 50.000.-
Al término de la mediación con la entrega del Certificado de Mediación (con o sin acuerdo) |